viernes, 17 de septiembre de 2010

La calidad de construcciones en Miraflores

Muchos vecinos me han preguntado acerca de la calidad de las construcciones que se realizan en el distrito. Es por ello que quería compartirles las normas que la Municipalidad ha establecido para que los estándares de construcción sean más exigentes.

El 9 de mayo de 2007, se expidió la Ordenanza Nº 255, la cual ha dispuesto que los departamentos de un dormitorio pueden tener un área mínima de 60 m2, pero también dispone que este tipo de unidades de vivienda no deben rebasar el 30% de unidades del inmueble; con ello se ha establecido un porcentaje que limita que un edificio multifamiliar sea construido en su totalidad con departamentos  de este tipo.

Posteriormente, el 27 de setiembre de 2007, se aprobó la Ordenanza Nº 270-MM, la cual en el Artículo 16º restringe la construcción de edificaciones tipo Mi Vivienda y establece que este tipo de viviendas se permitirán exclusivamente en inmuebles calificados como predios tugurizados. En consecuencia, gracias a esta norma, en Miraflores sólo se pueden  construir edificios multifamiliares tipo programa Mivivienda en predios declarados previamente como tugurios quedando descartada cualquier otra posibilidad.

Asimismo, la referida Ordenanza Nº 270-MM contiene regulaciones específicas  de aplicación a todas las edificaciones para mejorar su calidad y condiciones como por ejemplo:

*          La obligación de mantener en buen estado de conservación los acabados y pintura de las fachadas y muros;
*          Se han establecido los colores que se deben utilizar para el pintado de las fachadas de los inmuebles ubicados en el trapecio central del distrito;
*          Para el caso de construcciones por etapas y obras inconclusas se exige la protección y aislamientos de las áreas no utilizadas con cerramientos rígidos de buena calidad  y de apariencia similar al acabado final de la misma
*          Se prohíbe la colocación de cercos  para cubrir las obras paralizadas temporalmente, elaborados con materiales de diversas calidades o características o en mal estado.
*          Se prohíbe que las edificaciones  de uso comercial tengan registro visual directo hacia las edificación es de uso residencial, a través de los vanos ubicados en su muro lateral y/o posterior.
*          Se exige que todos los inmuebles deberán proteger las áreas húmedas, para evitar posibles filtraciones  que perjudiquen la edificación o la propiedad de terceros.
*          Se obliga a que cada inmueble considere  un ligar adecuado para el acopio de  de residuos sólidos.

Por otro lado, el 25 de junio de 2008, se expidió la Ordenanza Nº 286º, la cual entre otras regulaciones, ha dispuesto que en los edificios multifamiliares ubicados en zonas residenciales de densidad baja, se debe contar con un mínimo de dos (2) dormitorios, dentro del cómputo no se contabiliza el dormitorio de servicio; con esta disposición se impide que en zonas residenciales se tuguricen los edificios multifamiliares.

Mediante la Ordenanza Nº 311, del  11 de setiembre de 2009, se reguló el uso y construcciones en la azotea, la novedad de dicha norma es que ahora se permiten ciertos usos en la azotea tanto para zonas residenciales como en las comerciales, ya sea de uso privado o común.
           
Esta norma contribuye en mejorar la imagen urbana del distrito, permitiendo que los edificios comerciales o de oficina den mejor uso a ese espacio con fines recreativos o complementarios a su giro y evita que la azotea sea utilizada como depósito de materiales en desuso.


Los invito a que sigan escribiéndome sus inquietudes y comentarios. Quisiera conocer su opinión con respecto a este tema.

Atentamente,

Manuel Masías

3 comentarios:

rosario dijo...

si los comentarios tienen que ser aprobado , imagino que está demás escribir un comentario que no sea de su agrado; para decirles que estas normas sobre calidad de las construcciones se han dado casi al término del periodo de esta alcaldía, cuando ya la imagen del distrito está deteriorada y mediocrizada por edificios multifamiliares de viviendas mínimas y AUN NO SE HA DICHO NADA SOBRE LA ESTÉTICA que deberían cuidar los miembros de la calificación de los proyectos para que no se repitan los edificios de fachadas mediocres de la av. 28 de julio con Reducto y está en construcción otros similar al frente; las mismas constructoras hacen edificios de características muy importantes y mejores acabados en La Molina y otros distritos (IMAGINA). Arquitecta Rosario Rosas CAP 1261

Anónimo dijo...

Desgraciadamnete es tarde pero tambien me parece que debe regalmentarse el disenio de las fachadas de los edificios, desgraciadamente en las zonas del malecon se han construido edeificios con una fachadas que dejan mucho que desar,esa zona deberia ser la mas bella de toda la ciudad pero desgraciadamente no se hizo nada por mejorar la calidad de las fachadas, espero tomen en cuenta esto para otras zonas del distrito que aun estan a tiempo de reglamentar.
Francisco Gonzalez
DNI 07792997

Anónimo dijo...

Tu propuesta de nueva zonificación es esperada con atención, espero que sea consultada y respetada,así como la consulta de Larco dijo NO y esa opinión fue llevada a Lima Metropolitana, respetando lo que dijeron los vecinos de la zona, buen punto allí.